Principales novedades en materia de energía

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    NOVEDADES EN EL SECTOR ELÉCTRICO

    Prórroga del mecanismo de ajuste de costes de producción para la reducción del precio de la electricidad en el mercado mayorista.

    1.1 Mediante la aprobación del Real Decreto-ley 3/2023, de 28 de marzo, de prórroga del mecanismo de ajuste de costes de producción para la reducción del precio de la electricidad en el mercado mayorista regulado en el Real Decreto-ley 10/2022, se prorroga hasta el día 31 de diciembre de 2023 el mecanismo de ajuste de costes de producción para la reducción del precio de la electricidad en el mercado mayorista para lo que, además, se actualizan algunos de sus parámetros de cálculo.

    1.2 Entre estas modificaciones se establece un precio de referencia del gas natural que se irá incrementando progresivamente desde los 55 €/MWh en el mes de marzo hasta un total de 65 €/MWh en el mes de diciembre de 2023. Asimismo, se establece un nuevo periodo de 15 días hábiles para la declaración de instrumentos de contratación a plazo que excepcionaría a los declarantes del coste del ajuste para el periodo extendido de aplicación del mecanismo. A estos efectos, solo serán válidos aquellos instrumentos suscritos con anterioridad al 7 de marzo de 2023, salvo en aquellos casos de acuerdos entre productores y comercializadores pertenecientes a un grupo integrado verticalmente, en cuyo caso se mantendrá como referencia la fecha del 26 de abril de 2022.

    Pueden acceder al contenido del Real Decreto-ley aquí.

    Inscripción en el Registro electrónico del régimen económico de energías renovables en estado de preasignación de las solicitudes relativas a las subastas celebradas los días 25 de octubre y 22 de noviembre de 2022

    Se han publicado las Resoluciones de 9 y 16 de marzo de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas (DGPEM), por la que se inscriben en el Registro electrónico del régimen económico de energías renovables en estado de preasignación aquellas solicitudes relativas a las subastas celebradas los días 25 de octubre y 22 de noviembre de 2022, al amparo de lo dispuesto en la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre. En el Anexo I de cada Resolución se establecen los adjudicatarios cuya inscripción en régimen de preasignación es aprobada, mientras que el Anexo II establece los principales parámetros de aplicación a dichas solicitudes.

    Pueden acceder al contenido de las Resoluciones aquí (9 de marzo y 16 de marzo)

    Actualización de las reglas de funcionamiento de los mercados diario e intradiario de energía eléctrica para su adaptación al régimen económico de energías renovables y evolución del comité de agentes del mercado

    Con fecha 3 de marzo de 2023, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha publicado su resolución de 23 de febrero de 2023 por la que se aprueban las reglas de funcionamiento de los mercados diario e intradiario de energía eléctrica para su adaptación al régimen económico de energías renovables (REER) y evolución del comité de agentes del mercado.

    En síntesis, los principales cambios introducidos en la normativa responden a, entre otros, (i) la introducción en el mercado de la posibilidad de realizar las liquidaciones asociadas al REER, (ii) la introducción de dos nuevos tipos de garantías que cubran posibles incumplimientos de obligaciones de pago derivados del mecanismo de liquidación REER, (iii) la modificación de los criterios de cesión de derechos de cobro en aquellas unidades adscritas al REER que no se considerarán firmes hasta que se produzca la liquidación completa por el operador de mercado una vez haya recibido la información necesaria del operador de sistema, y finalmente (iv) se modifica el modelo de funcionamiento y la composición del comité de Agentes de Mercado para adaptarlo a las normas comunes del mercado interior de electricidad.

    Asimismo, se introducen dos modificaciones adicionales a las reglas de funcionamiento propuestas por el operador de mercado consistentes en la modificación de las reglas relativas a las ofertas del mercado intradiario continuo y de aquellas que regulan el reparto de intereses para permitir el reparto entre los agentes del mercado de los intereses devengados en las cuentas designadas por el operador de mercado para abonos y pagos, así como aquella designada para garantías.

    Pueden acceder al contenido de la Resolución aquí.

    Creación de la División de Proyectos de Energía Eléctrica

    Con fecha 28 de febrero de 2023, se publicó la Orden TED/189/2023, de 21 de febrero, por la que se crea la División de Proyectos de Energía Eléctrica, mediante la cual se crea, dentro de la DGPEM, una nueva división cuyas principales funciones consistirán en:

    a) Tramitación de autorizaciones administrativas previas, de construcción y declaraciones de utilidad pública de acuerdo a lo previsto en la Ley del Sector Eléctrico.

    b) Elaboración de pronunciamientos sobre la adecuada constitución de las garantías para la tramitación de permisos de acceso y conexión.

    c) Coordinación de áreas funcionales y dependencias de Industria y Energía de las delegaciones y subdelegaciones del gobierno en materia de infraestructuras e instalaciones de energía eléctrica.

    d) Gestión del Registro Administrativo de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica.

    Pueden acceder al contenido de la Resolución aquí.

    NOVEDADES EN EL SECTOR DE HIDROCARBUROS

    Aprobación del Reglamento (UE) 2023/706 del Consejo por el que se extiende el periodo de reducción de la demanda de gas natural

    Con fecha 31 de marzo, se ha publicado el Reglamento (UE) 2023/706 mediante el cual se prorrogan y modifican las medidas de reducción de la demanda de gas introducidas por el Reglamento (UE) 2022/1369. Concretamente, estas medidas se mantendrán de aplicación hasta el día 31 de marzo de 2024, siendo el periodo de referencia el comprendido entre el 1 de abril de 2017 y el 31 de marzo de 2022 para el cálculo de la reducción de consumo en un 15%,.

    Adicionalmente, se introducen determinadas modificaciones al régimen de reducción de demanda de gas natural cuando se trate de escenarios de reducción obligatoria ante una declaración de alerta por parte de la Unión, como por ejemplo la posibilidad de ajustar el consumo de gas de referencia en función del aumento del volumen de consumo de gas derivado de la sustitución de carbón por gas natural.

    Pueden acceder al contenido del Reglamento aquí.

    Modificaciones a la metodología de retribución del gestor técnico del sistema gasista

    Con fecha 4 de marzo de 2023, la CNMC ha publicado su Circular 2/2023, de 28 de febrero, por la que se modifica la Circular 1/2020, de 9 de enero, por la que se establece la metodología de retribución del gestor técnico del sistema gasista.

    Pueden acceder al contenido de la Circular aquí.

    Publicación de la tarifa de último recurso de gas natural

    Con fecha 30 de marzo de 2023, se ha publicado la Resolución de 28 de marzo de 2023, de la DGPEM, mediante la cual se establecen, entre otros, los precios sin impuestos de la tarifa de último recurso de gas natural aplicables a consumidores con consumo anual igual o inferior a 50.000 kW, a los suministros de gas manufacturado y/o aire propanado en territorios insulares, que serán de aplicación desde el día 1 de abril de 2023.

    Pueden acceder al contenido de la Resolución aquí.

    NOVEDADES COMUNES A AMBOS SECTORES

    Con fecha 30 de marzo de 2023 se ha publicado la Orden TED/296/2023, de 27 de marzo, por la que se establecen las obligaciones de aportación al Fondo Nacional de Eficiencia Energética en el año 2023 que deben satisfacer los sujetos obligados al mismo.

    A estos efectos, se establece que los sujetos obligados podrán, voluntariamente, satisfacer una parte de dichas obligaciones mediante la liquidación de Certificados de Ahorro Energético si bien al menos un 60% de las obligaciones deberán ser satisfechas mediante aportaciones económicas.

    En el Anexo 1 de la resolución puede encontrarse la metodología empleada para la asignación de obligaciones de ahorro para el año 2023 mientras que en el Anexo II se establecen las aportaciones al Fondo Nacional de Eficiencia Energética específicas de cada sujeto obligado y su equivalencia económica.

    Pueden acceder al contenido de la Orden aquí.

    NOVEDADES EN MATERIA DE GASES RENOVABLES

    Declaración de interés general en Extremadura de la producción de hidrógeno a partir de energía eléctrica procedente de instalaciones aisladas de generación de energía mediante fuentes renovables

    Con fecha 28 de febrero de 2023, se ha publicado el Decreto-ley 1/2023, de 11 de enero, por el que se declara de interés general la producción de hidrógeno a partir de energía eléctrica procedente de instalaciones aisladas de generación de energías renovables en Extremadura. El objeto del decreto-ley es declarar de interés general en el Extremadura la actividad y las instalaciones destinadas a la producción de hidrógeno renovable, de forma que se puedan declarar de utilidad pública e interés social, a los efectos de expropiación forzosa y ejercicio de la servidumbre de paso. A estos efectos, se entenderán también incluidas en dicha declaración las instalaciones aisladas de generación renovable asociadas a proyectos de hidrógeno así como sus infraestructuras auxiliares.

    Pueden acceder al contenido del Decreto-ley aquí.

    THE TAX CORNER

    El Tribunal Supremo plantea una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en relación a la posible incompatibilidad del Impuesto Especial de Hidrocarburos con el ordenamiento jurídico de la Unión

    El Impuesto Especial de Hidrocarburos (IEH), que estuvo en vigor desde el 2013 al 2018, ha sido objeto de mucha controversia por la potestad que tenían las Comunidades Autónomas para establecer un tipo de gravamen suplementario a la tasa estatal. Esta tasa autonómica suplementaria, que ha sido rebatida tanto por los obligados tributarios (generalmente gasolineras) como por los adquirentes del combustible (al alegar que se les ha repercutido, vía incremento del precio, dicha tasa), será objeto de análisis por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea con el objetivo de determinar si la misma es contraria al derecho de la Unión Europea.

    Pueden acceder al contenido aquí.

    Concepto de productores de energía eléctrica a efectos de la Ley de Impuestos Especiales

    El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) ha determinado, mediante resolución del pasado 21 de febrero del 2023, qué debe entenderse por productor de energía eléctrica a efectos del Impuesto Especial sobre la Electricidad (IEE).

    Se planteaba la duda de si cualquier persona que produzca energía eléctrica para su autoconsumo, sin necesidad de que su actividad principal sea la de producción para suministro de terceros, debería ser considerado sujeto pasivo del IEE o si, por el contrario, no tendría la obligación de tributar por dicho impuesto. El TEAC aclara que dicho concepto debe de ser interpretado "en un sentido usual y comprensivo de cualquier persona que produzca energía eléctrica" y que, por tanto, la producción para el propio consumo entra dentro de los supuestos que han de tributar por el IEE.

    Pueden acceder al contenido de la resolución aquí.

    Determinación de la base imponible del Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica para productores de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración de alta eficiencia y residuos

    El pasado 8 de febrero del 2023, el Tribunal Supremo publicaba un Auto por el cual se emplazaba a resolver un asunto relativo a uno de los puntos de mayor conflicto en el Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica (IVPEE), como es el relativo a la determinación de la base imponible. Concretamente, se plantea al Tribunal Supremo:

    • si la base imponible del IVPEE corresponde al importe total percibido por la producción y venta de la energía valorada al precio del mercado o;
    • si la base imponible del IVPEE corresponde al importe total percibido por la producción y venta de la energía valorada al precio del mercado minorado por ciertas "exclusiones", las cuales corresponden a importes que no se encuentran relacionados directamente con la producción e incorporación a la red de energía eléctrica. Concretamente, se plantea si los productores de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración de alta eficiencia y residuos, tienen que incluir en la base imponible (i) la prima o retribución específica percibida, comúnmente denominada retribución a la inversión y, (ii) la retribución a la operación.

    Pueden acceder al contenido del Auto aquí.